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Tu dinero seguro y ganando intereses |
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Depósitos que por ley le corresponden a todo trabajador como beneficio social por el tiempo de servicio brindado a una empresa. Estos depósitos pueden ser en soles o dólares.
En HSBC tu CTS estará en buenas manos porque te ofrecemos la seguridad y el respaldo de uno de los grupos financieros más grandes del mundo.
Beneficios
- Atractivas tasas de interés desde el primer día sin importar el monto del depósito.
- Sin monto mínimo de apertura.
- Cero costo de mantenimiento de cuenta.
- Retiros ilimitados de tu saldo disponible en nuestros cajeros automáticos o ventanillas.
- Acceso a la información de tu cuenta a través de nuestros canales de atención.
- Recibes una Tarjeta de Débito HSBC Visa, con la que puedes realizar transacciones ilimitadas y sin costo en nuestros cajeros automáticos o ventanillas.
- Depósitos cubiertos por el Fondo de Seguro de Depósitos Consulta el Monto Máximo de Cobertura vigente en nuestra red de agencias o aquí.
- Transferencia de tu saldo disponible a tus cuentas a través de nuestra Banca por Internet.
¿Cómo Adquirirlo?
Requisitos:
- Original del Documento Oficial de Identidad, del (de los) titular (es) de la cuenta.
- Completar los documentos que el Banco solicite.
- Tu empleador nos tendrá que enviar una carta de instrucción indicando lo siguiente: Datos Personales: Apellidos y Nombres, Número de Documento Oficial de Identidad y moneda de la cuenta.
- En caso desees trasladar tu CTS a HSBC, sólo tu Original del Documento Oficial de Identidad y llenar la solicitud de traslado.
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Para más información, acércate a cualquiera de nuestras agencias a nivel nacional. |
Preguntas Frecuentes
1.- ¿Qué es la CTS?
Son las siglas de Compensación por Tiempo de Servicios; es un beneficio social que por ley corresponde a todo trabajador dependiente, por el tiempo de servicio brindado a una empresa, el cual sirve como fondo previsor en caso de cese de la relación laboral.
2.- ¿El trabajador puede disponer libremente de su CTS?
Según la reglamentación actual, el trabajador puede disponer de un porcentaje de los abonos semestrales realizados por su empleador (saldo disponible).
Asimismo, conforme a la Ley 28461, el trabajador podrá disponer del 80% del total de la CTS, en forma excepcional y por única vez, para financiar la adquisición, construcción, mejoramiento de vivienda o adquisición de terreno, debiendo cumplir con los requisitos según cada caso.
3.- ¿La moneda de la cuenta CTS es la misma moneda que la del pago de haberes?
No, el trabajador decide la moneda y el banco donde se abrirá su cuenta CTS.
4.- ¿Cuál es el procedimiento para el traslado de la CTS?
El cliente interesado deberá solicitar a su empleador el traslado de su cuenta CTS a otro banco.

